El
pedigree acreditará que el perro es de pura raza, sin que se hayan
producido cruces indeseados entre sus antecesores, de acuerdo con la
información facilitada a la R.S.C.E. por el/los criador/es al solicitar
la inscripción en el L.O.E. de sus camadas.
TRAMITACIÓN
CESIÓN DE PROPIEDAD CON EL JUSTIFICANTE DE INSCRIPCIÓN EN EL L.O.E./R.R.C.
Cuando
cambia por primera vez la propiedad de un perro el propietario ha de
utilizar el original del Justificante de Inscripción en el L.O.E. o
R.R.C. que le haya entregado el criador o el establecimiento en el que
adquirió su perro, cumplimentado al dorso (Solicitud de Cesión de
Propiedad), sin enmiendas, con el nombre y dirección completos del nuevo
propietario o propietarios, firmado por todos los propietarios
anteriores (cedentes) y todos los propietarios nuevos.
El
propietario presentará el citado Justificante de Inscripción para
solicitar un “Pedigree con transferencia” en las oficinas de la Real
Sociedad Canina de España o en las de la Sociedad Canina colaboradora de
la R.S.C.E. que corresponda al lugar de residencia del mismo y pagará
el importe que corresponda a la tramitación, según la tarifa de precios
vigente, variando el importe si ostenta la condición de socio de la
R.S.C.E.
Si
es el propio criador el que tramita el pedigree a su nombre, sin
transferir la propiedad, el procedimiento a seguir es semejante, excepto
que ha de cumplimentar el dorso con sus propios datos y firmar
únicamente él.
Una vez realizada la tramitación, el propietario recibirá el pedigree del ejemplar a su nombre.
CESIÓN DE PROPIEDAD CON EL PEDIGREE
Si
la Solicitud de Cesión de Propiedad se realiza una vez obtenido el
pedigree se seguirá un procedimiento similar al expuesto anteriormente.
El
nuevo propietario deberá cumplimentar el apartado correspondiente de la
Cesión de Propiedad con su nombre y dirección e, igualmente, deberán
constar las firmas de todos los cedentes y todos los nuevos
propietarios.